El Tiempo de Enfermedad y Seguridad Ganado es un permiso remunerado que su empleador debe concederle a menos que usted sea:
- un empleado federal,
- un contratista independiente,
- un bombero voluntario o de guardia remunerado,
- un trabajador de ambulancia voluntario o de guardia remunerado
- un funcionario estatal electo, o
- un trabajador agrícola temporal
Debe seguir recibiendo su tarifa de pago habitual mientras esté de baja por enfermedad. Pero esto no es así si se le paga de otra forma que no sea por salario o por horas. Como comisiones o trabajo por unidad.
La tarifa salarial habitual no incluye:
- comisiones,
- diferencial por turno además de su tarifa por hora,
- horas extras,
- pago de primas por días festivos o ciertos días de la semana,
- bonificaciones, o
- propinas
Nota: Si a usted se le paga a comisión o en función del trabajo realizado, debe recibir al menos el salario mínimo.
Este permiso remunerado puede ocurrir si la escuela o el lugar de cuidado de su hijo cierra debido al clima u otra emergencia pública.
Usted gana 1 hora de tiempo por enfermedad y seguridad por cada 30 horas que trabaja. Puede ganar hasta 48 horas cada año o más si su empleador así lo decide. Si la ciudad en la que trabaja tiene una ley más protectora, el empleador debe cumplirla.